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TEMA

Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

SUBTEMA

05.- Título V. Responsable y encargado del tratamiento


Preguntas de la 1 a la 10 de 45 preguntas ( Página 1 )



1.- (Preg. 7075) El delegado de protección de datos (artículo 38) según el Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril y lo que prevé la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre (artículo 36):

2.- (Preg. 7078) En el ámbito del sector público podrá atribuirse las competencias propias de un encargado (artículo 33):

3.- (Preg. 7085) Según dispone el artículo 34 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, los responsables y encargados del tratamiento deberán designar un delegado de protección de datos en los supuestos previstos en el artículo 37.1 del Reglamento (UE) 2016/679 y, en todo caso, cuando se trate de las siguientes entidades (señala la falsa):

4.- (Preg. 7097) Según dispone el artículo 33 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, en el ámbito del sector público podrán atribuirse las competencias propias de un encargado del tratamiento a:


5.- (Preg. 7191) Los responsables y encargados, teniendo en cuenta los elementos enumerados en los artículos 24 y 25 del Reglamento (UE) 2016/679, determinarán las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar a fin de garantizar y acreditar que el tratamiento es conforme con (señale la incorrecta):

6.- (Preg. 7192) Para la adopción de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar los responsables y encargados del tratamiento tendrán en cuenta, en particular, los mayores riesgos que podrían producirse cuando (señale la incorrecta):

7.- (Preg. 7193) Para la adopción de las medidas técnicas y organizativas apropiadas que deben aplicar los responsables y encargados del tratamiento tendrán en cuenta, en particular, los mayores riesgos que podrían producirse cuando se lleve a cabo el tratamiento de datos de grupos de afectados en situación de especial vulnerabilidad y, en particular, de:

8.- (Preg. 7194) La determinación de las responsabilidades a las que se refiere el artículo 26.1 del Reglamento (UE) 2016/679 se realizará atendiendo a:

9.- (Preg. 7195) En los supuestos en que el Reglamento (UE) 2016/679 sea aplicable a un responsable o encargado del tratamiento no establecido en la Unión Europea en virtud de lo dispuesto en su artículo 3.2 y el tratamiento se refiera a afectados que se hallen en España la Agencia Española de Protección de Datos o, en su caso, las autoridades autonómicas de protección de datos podrán imponer:

10.- (Preg. 7196) En caso de exigencia de responsabilidad en los términos previstos en el artículo 82 del Reglamento (UE) 2016/679, responderán solidariamente de los daños y perjuicios causados: