1.- ( Preg. 4065 ) Con carácter previo al ejercicio de acciones fundadas en derecho privado contra una Administración Pública, y conforme al art. 120 de la Ley 30/1992, la reclamación en ví No será obligatoria si así lo establece una disposición con rango de ley Es obligatoria siempre Será obligatoria sólo si así está previsto en una disposición Es potestativa
2.- ( Preg. 4084 ) De acuerdo con el art. 121 de la Ley 30/1992, si planteada una reclamación previa al ejercicio de acciones civiles ante una Administración Pública, ésta no ha sido resuelta? En ningún caso podrá deducirse la misma pretensión ante la jurisdicción correspondiente, mientras la Administración no notifique su decisión En el plazo de un mes, podrá deducirse la misma pretensión ante la jurisdicción correspondiente No podrá deducirse la misma pretensión ante la jurisdicción correspondiente, si no ha transcurrido el plazo en que deba entenderse desestimada Simultáneamente, podrá deducirse la misma pretensión ante la jurisdicción correspondiente
3.- ( Preg. 10729 ) Si, indefinidamente. No, de ningún modo. Si, reanudándose sólo si hay resolución Si, reanudándose si hay resolución o desestimación.
4.- ( Preg. 10730 ) Ante el órgano competente o el ministro del departamento de la materia objeto. Ante cualquier administración pública. Ante el ministro de un departamento Ante el ministro del departamento de la materia objeto en todo momento.
5.- ( Preg. 10731 ) 10 días 5 días 1 mes Entre 10 y 15 días
6.- ( Preg. 10732 ) 1 mes 2 meses 3 meses Entre 10 y 15 días
7.- ( Preg. 10733 ) Ante el órgano de la administración competente en la materia. Ante la Cámara de Comercio. Ante el superior o director de tu oficina. Ante el sindicato.
8.- ( Preg. 10734 ) 1 mes 2 meses 3 meses Entre 10 y 15 días
9.- ( Preg. 10735 ) No se divide en capítulos, tan solo son 7 artículos Un capítulo con 3 secciones. Tres capítulos con una sección Tres capítulos con 7 artículos en total.
10.- ( Preg. 12091 ) La reclamación en vía administrativa es requisito previo al ejercicio de acciones fundadas en derecho privado o laboral contra cualquier Administración Pública: Siempre Salvo que esté exceptuado por una disposición con rango de ley Salvo que esté exceptuado por una disposición con rango de ley o reglamentario No es requisito obligatorio; su ejercicio es facultativo por el interesado